Queremos que tu experiencia con Acevedo y Cia. sea fácil y de gran calidad, por eso a continuación, encontrarás respuestas a las preguntas más frecuentes que podrías tener. En todo caso, entendemos que no hay nada como el contacto personal por lo cual siempre podrás contactarnos directamente.
Es un gusto contar con clientes tan importantes. Nuestra política es servirte de tal forma que tu experiencia sea ante todo cálida, humana y de alta calidad.
Para nosotros es importante que conozcas el proceso de arrendamiento por lo cual diseñamos esta sección donde encontrarás una guía que te ayudará en el mismo.
Somos aliados estratégicos de dos de las mejores empresas de Garantías de Bogotá: Aseguradora el Libertador del Grupo Bolivar y la Afianzadora Protecsa S.A. Por intermedio de alguna de estas dos compañías aseguramos / afianzamos los inmuebles que arrendamos con el fin de garantizar los pagos oportunos de los cánones de Arrendamiento, las administraciones en caso de haberlas y los servicios públicos.
Los siguientes son los pasos a seguir y los requisitos exigidos por estas dos compañías pero no te preocupes, uno de nuestros asesores comerciales te acompañará en todo el proceso y te indicará con que aseguradora tramitar tu solicitud.
Los formularios que deben ser diligenciados los encuentras en los siguientes sitios web:
El Libertador: http://www.ellibertador.co/wps/portal/ellibertador/home
Protecsa: https://www.protecsa.com.co/
Una vez tienes el formulario debes:
En términos generales los siguientes son los requerimientos mínimos de estas dos compañías para aprobar un estudio:
¿Cuantos deudores solidarios debe presentar el Arrendatario?
Dependiendo del valor del canon de arrendamiento se deberán presentar entre uno y dos deudores solidarios quienes dependiendo del valor deben de acreditar uno o los dos Finca Raíz.
Adjuntar la siguiente documentación mínima:
Una vez el estudio de arrendamiento ha sido aprobado se procede con la firma del contrato de arrendamiento en nuestras oficinas ubicadas en la Carrera 9ª No. 53 – 81 por parte del Arrendatario al igual que de los deudores solidarios. Sin excepción, este es un trámite personal donde se verificará la plena identificación de las personas que firman por lo cual deberán tener su identificación oficial.
En este momento se realizará el pago de los derechos de contrato respectivos.
Paso siguiente, se procede con la autenticación de las firmas en la notaría.
A la firma del contrato se acuerda la fecha y hora en que se hará entrega del inmueble. El día de la entrega se realiza un detallado inventario del mismo el cual será leído y firmado por el arrendatario aceptando el estado y condiciones en que se encuentra. Este será el mismo inventario que se verificará a la devolución del inmueble en el momento en que el contrato de arrendamiento se termine.
Enviar a un amigoDisponemos de la tecnología adecuada para que puedas obtener el cupón de pago (código de barras) fácilmente desde nuestra página WEB, siguiendo los siguientes pasos:
IMPORTANTE: Debes utilizar una impresora LASER ya que las de inyección de tinta no garantizan la calidad suficiente y podría no ser leído adecuadamente por el Banco y por ende rechazado.
Recuerda que para descargar el código y / o realizar el pago del mes en curso, debes estar al día en tus pagos de meses anteriores.
Puedes de igual forma realizar tu pago a través de pagos en línea PSE (mira el siguiente tutorial) o en nuestras oficinas en horario laboral de Lunes a Viernes de 8 am a 5.00 pm en jornada continua.
Enviar a un amigoPuedes pagar tu renta mensual desde internet mediante el BOTON DE PAGOS PSE de forma segura y desde donde te encuentres, siguiendo los siguientes pasos:
Recuerda que para realizar el pago del mes en curso debes estar al día en tus pagos de meses anteriores.
IMPORTANTE: Por seguridad sugerimos hacer tus pagos siempre desde computadores de confianza y nunca en computadores públicos o en los cuales no confíes.
Enviar a un amigoEn caso de que el inmueble que tienes en Arrendamiento presente Humedades, problemas eléctricos, fugas de agua o gas, entre otros, debes notificarlo por escrito al siguiente correo electrónico: acevedo@mantishub.io y nuestro funcionario encargado se comunicará contigo para ampliar la información necesaria y dar pronta solución a tu necesidad.
En caso de sufrir una EMERGENCIA y contar con el servicio de PÓLIZA HOGAR deberás llamar al número celular #322 (llamada sin costo) donde te atenderán amablemente y de forma inmediata los 7 días de la semana y las 24 horas del día.
Si no cuentas con la PÓLIZA HOGAR y de presentarse la EMERGENCIA en horario NO laboral, deberás dar solución directa y reportar inmediatamente por email a nuestra compañía la situación presentada.
** Si al inicio del contrato recibiste información específica respecto a este servicio, entonces cuentas con el mismo. En la documentación entregada están los beneficios y procedimientos a seguir en caso de necesitarlo.
Enviar a un amigoUna vez le lleguen recibos por servicios públicos del inmueble que tienes en arriendo, recomendamos que los pagues y nos los reportes oportunamente para hacerte el descuento respectivo en tu próximo canon de arrendamiento, así prevenimos que por una demora en el pago el servicio sea cortado. Es suficiente que escanees o tomes una fotografía del recibo cancelado y lo envíes al siguiente correo electrónico: tesoreria@acevedoycia.com informando el nombre del arrendatario y dirección del inmueble.
Enviar a un amigoEste es un tema muy importante ya que como Arrendatario debes informar a la Inmobiliaria cualquier novedad relacionada con la Propiedad Horizontal, como pueden ser:
Para contratos de Vivienda, el cánon de arrendamiento está regulado por la ley 820 de Arrendamientos donde se estipula que su incremento será igual al IPC (Indice de precios del consumidor) del año inmediatamente anterior establecido por el gobierno.
Para Contratos Comerciales, el incremento será el estipulado en el contrato.
Enviar a un amigoPara contratos de Vivienda, la ley 820 de Arrendamientos contempla esta situación y cualquiera de las partes puede dar por terminado el contrato en cualquier momento, informando por escrito a la otra parte con una anticipación de 90 días a la fecha de terminación del contrato y pagando una indemnización equivalente a tres (3) cánones de arrendamiento vigentes.
Para contratos de tipo comercial, el mismo podrá estipular las condiciones para una terminación anticipada, por lo cual le recomendamos leer detenidamente lo allí pactado. Cualquier información adicional al respecto con gusto la atenderemos en nuestras oficinas.
Enviar a un amigoPrimero que todo lamentamos que hayas tomado esta decisión y estamos a tu disposición para ofrecerte otras opciones de inmuebles en Arriendo o Venta que podrían interesarte.
Para contratos de VIVIENDA, debes notificarnos por escrito y a través del servicio postal autorizado con al menos tres (3) meses de anticipación a la fecha de vencimiento del contrato o de sus prórrogas. En caso de ser un contrato de tipo COMERCIAL, esta notificación la deberás hacer por escrito y a través del servicio postal autorizado, con al menos seis (6) meses de anticipación a la fecha de vencimiento del contrato o de sus prórrogas. En cualquier caso, los pasos son:
Recuerda que en todo caso, el arrendamiento deberá ser pagado hasta el día de la fecha de entrega del inmueble por lo cual recomendamos tener presentes todos los puntos anteriores y así prevenir demoras en la entrega.
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